REGLAMENTO - VINCULACION CON LA COLECTIVIDAD
Articulo 2.- Se entiende por vinculación con la colectividad el conjunto de actividades teórico prácticas, de carácter temporal y mediante retribución, que ejecuten y preste los pasantes y estudiantes en beneficio de la sociedad, el estado y la comunidad universitaria.
Articulo 3.- Dado el carácter normativo vigente y su fin académico, la vinculación con la colectividad mediante los proyectos integradores como primer acercamiento al entorno y mediante los convenios de cooperación interinstitucional y con los proyectos de desarrollo como contribución a la sociedad.
Tipos de actividades de VINCULACION CON LA COLECTIVIDAD:
Académico.- Proyectos, eventos o actividades que se desarrollen con el apoyo o participación de docentes, estudiantes, para solucionar problemas específicos.
Productivas.- Actividades, eventos o proyectos hacia el sector artesanal o empresarial para contribuir al mejoramiento de su gestión.
Social.- Actividades, eventos o proyectos que permita el mejoramiento de las condiciones de vida de personas, barrios, comunidades, ciudades.
Cultural.- Actividades, eventos o proyectos que permitan difundir el arte, la danza, el canto, la religión, el deporte y otros que permitan el enriquecimiento cultural de la comunidad.