INFORMACION CORPORATIVA
CODIGO DE ETICA
Capítulo
XV: De la ejecución de las sanciones
Art. 35: Las sanciones se ejecutarán de acuerdo con lo que establece el presente Código y la normativa elaborada por el Tribunal de Ética de la UNIANDES, mediante el Reglamento correspondiente, aprobados por el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES, adecuado a la naturaleza de los problemas que se enfrenten.
Art. 36: Las sanciones se ejecutarán de acuerdo con los procedimientos especificados en dicho Reglamento aprobado por el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES.
