INFORMACION CORPORATIVA

CODIGO DE ETICA

 

Capítulo XV: De la ejecución de las sanciones

Art. 35: Las sanciones se ejecutarán de acuerdo con lo que establece el presente Código y la normativa elaborada por el Tribunal de Ética de la UNIANDES, mediante el Reglamento correspondiente, aprobados por el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES, adecuado a la naturaleza de los problemas que se enfrenten.

Art. 36: Las sanciones se ejecutarán de acuerdo con los procedimientos especificados en dicho Reglamento aprobado por el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES.