INFORMACION CORPORATIVA
CODIGO DE ETICA
Segunda
Sección
El Régimen de ejecución
Capítulo XII: De los instrumentos del Régimen de Ejecución
Art. 30: Para el cumplimiento y práctica de los principios
y valores éticos que establece el Código, se aplicará
el presente RÉGIMEN DE EJECUCIÓN.
Art.
31: Se constituye en la UNIANDES, como órgano de control,
un Tribunal de Ética;
- El Centro de Investigación y Desarrollo (CID) identificará
las situaciones reiteradas que atenten contra la ética
institucional y las convertirá en problema de investigación
y su solución seguirá la vía de Proyectos;
- Se realizarán con frecuencias adecuadas ejercicios de
rendición de cuentas, a la luz de la tendencia de mejoramiento
continuo, que el proceso de autoevaluación permanente establece;
y
- Se crearán las formas, rigurosidad y condiciones objetivas
que aseguren la práctica de principios y valores éticos.
