CODIGO DE ETICA
Considerando:
Que el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES aúna todos sus esfuerzos en el emprendimiento por convertir a esta universidad en un referente de lo más actual y trascendente para la educación superior ecuatoriana, ha tomado en cuenta los postulados expresados en el artículo 2 de la Declaración Mundial sobre la Educación, UNESCO, 1988, correspondientes a la “función ética, autonomía y prospectiva” y los asume, resaltando la exigencia de someter toda su actividad universitaria a la ética y al rigor científico, a la vez que convertirse en un defensor y difusor activo de los valores universalmente aceptados, y en particular de los que el Modelo Educativo UNIANDES declara, educa y fortalece en la práctica.Considerando:
El artículo 79 de la Constitución de la República, de Junio de 1998; los artículos 4, 48 y 49 de la Ley Orgánica de la Educación Superior y la totalidad de los artículos del Código de Ética de la Educación Superior, CONESUP, 2005, del que se toma su estructura, se proyecta hacia el criterio compartido de la fuerza transformadora de la ética para todos los miembros de la comunidad universitaria y su entorno de inter-influencias.Considerando:
La investigación cuantitativa y cualitativa efectuada por el CONESUP, la que evidencia el necesario fortalecimiento de la ética como problema interno de las relaciones profesionales y humanas de las comunidades de las IES del que no está exenta la UNIANDES, se establece en consenso el requerimiento de organizar mediante lineamientos precisos, un sistema de principios, criterios y normativas éticas que reflejan el comportamiento asertivo del talento humano administrativo, docente y estudiantil de nuestra institución, y a ese fin;Acuerda:
Expedir, difundir y aplicar el presente Código de Ética en el ejercicio de las funciones universitarias de la UNIANDES, mediante el desempeño del talento humano en ellas involucrado.
EL CODIGO