CODIGO DE ETICA

Considerando:
Que el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES aúna todos
sus esfuerzos en el emprendimiento por convertir a esta universidad
en un referente de lo más actual y trascendente para la educación
superior ecuatoriana, ha tomado en cuenta los postulados expresados
en el artículo 2 de la Declaración Mundial sobre la
Educación, UNESCO, 1988, correspondientes a la “función
ética, autonomía y prospectiva” y los asume, resaltando
la exigencia de someter toda su actividad universitaria a la ética
y al rigor científico, a la vez que convertirse en un defensor
y difusor activo de los valores universalmente aceptados, y en particular
de los que el Modelo Educativo UNIANDES declara, educa y fortalece
en la práctica.
Considerando:
El artículo 79 de la Constitución de la República,
de Junio de 1998; los artículos 4, 48 y 49 de la Ley Orgánica
de la Educación Superior y la totalidad de los artículos
del Código de Ética de la Educación Superior,
CONESUP, 2005, del que se toma su estructura, se proyecta hacia el
criterio compartido de la fuerza transformadora de la ética
para todos los miembros de la comunidad universitaria y su entorno
de inter-influencias.
Considerando:
La investigación cuantitativa y cualitativa efectuada por el
CONESUP, la que evidencia el necesario fortalecimiento de la ética
como problema interno de las relaciones profesionales y humanas de
las comunidades de las IES del que no está exenta la UNIANDES,
se establece en consenso el requerimiento de organizar mediante lineamientos
precisos, un sistema de principios, criterios y normativas éticas
que reflejan el comportamiento asertivo del talento humano administrativo,
docente y estudiantil de nuestra institución, y a ese fin;
Acuerda:
Expedir, difundir y aplicar el presente Código de Ética
en el ejercicio de las funciones universitarias de la UNIANDES, mediante
el desempeño del talento humano en ellas involucrado.
EL CODIGO
Primera Sección
Capítulo
I: Del Concepto
Art. 1: Desde una posición de mejoramiento continuo de los
procesos y funciones universitarias, el presente Código de
Ética de la UNIANDES, instituye el sistema de principios, fines
y valores de una ética correspondiente con las competencias
profesionales que debe manifestar el talento humano que labora, se
desarrolla y forma en nuestra universidad.
Capítulo
II: Del Objeto
Art. 2: El presente código tiene como objeto, el proceso de
transformación del comportamiento académico, profesional
y humano de los miembros de esta Institución, hacia el sistema
de valores éticos que aspira la comunidad universitaria del
Ecuador.
Capítulo
III: De los Alcances y destinatarios de aplicación
Art. 3: El código es el punto de partida declarativo de un
proceso educativo en valores básicos, mediante la práctica
de aquellos que las actividades propias del cotidiano de vida de nuestra
universidad, demanden y fortalezcan.
Art. 4: Los
destinatarios son:
1 Las autoridades y funcionarios administrativos de la UNIANDES;
2 Los docentes e investigadores de la UNIANDES;
3 Los miembros de las Comisiones permanentes y en particular los encargados
de la cultura y el vínculo con la colectividad;
4 Los estudiantes;
5 El personal administrativo y de servicio; y
6 Los representantes de la sociedad civil relacionada directamente
con la UNIANDES.
Capítulo
IV: Del compromiso
Art. 5: El compromiso de la UNIANDES con la educación superior
ecuatoriana es la responsabilidad participativa crítica y autocrítica
de cada uno de los miembros que integran esta comunidad universitaria,
mediante un proceso de autoevaluación (integral) permanente,
como componente ético esencial de la filosofía universitaria.
El compromiso parte de cada uno de sus miembros: primero, consigo mismo, con la tarea asignada, con su equipo de trabajo y segundo, con la sociedad que le ha brindado la oportunidad de laborar y desarrollarse en un ambiente educativo favorecedor de las conductas más positivas con las que desea retroalimentar su evolución y desarrollo.
Art. 6: Para su aplicación la UNIANDES instrumentará los procedimientos requeridos que posibiliten el cumplimiento con el predominio de talleres y otras formas organizativas en las que la participación, la autocrítica y la rendición de cuentas induzcan a un comportamiento comprometido y digno de una institución universitaria, cuyos valores éticos más relevantes se expresan en su Modelo Educativo, en su Misión y Visión.
El código tiene un carácter preventivo, no obstante ha considerado también la regulación de infracciones y la normativa de sanciones en aquellos casos que no se cumpla el compromiso con la aspiración de la ética institucional. Para ello crea un organismo de control, el que como tribunal ético (Tribunal de Ética) velará por el cumplimiento del Código; la disciplina en las actividades de la gestión universitaria y el control y operatividad de las acciones que el Código orienta, así como la recepción de quejas y denuncias de las contravenciones al mismo.
Capítulo
V: De los principios éticos de la
Educación Superior ecuatoriana, asumida por la UNIANDES
Art. 7: Los principios éticos de la Educación Superior
ecuatoriana promueven patrones de comportamiento moral aplicables
a las funciones: Gestión y Administración, Docencia,
Investigación y Vinculación con la Colectividad, son
las siguientes:
a. Apego a la verdad con honradez, responsabilidad y autonomía
de pensamiento, al servicio de una vigilancia permanente, una función
de estímulo y prevención para el cumplimiento del Código
en su conjunto.
b. Adhesión a la reflexión crítica y dialéctica
que con rigor, luche para mejorar la calidad y la democracia en todos
los procesos académicos y no académicos en las UNIANDES
y en todas las actividades de vinculación con la sociedad,
que realice en las áreas de influencia.
c. Respeto a la libertad e impulsos a aprender a vivir esa libertad
y a crear una atmósfera de libertad que consolide la autonomía
institucional responsable.
d. Fortalecer la evaluación y la autoevaluación con
retroalimentación y su aplicación en una rendición
de cuentas, con objetividad y transparencia, en todos los niveles,
tareas y sectores de la UNIANDES.
e. Crear un clima o ambiente de trabajo positivo, de armonía
y favorable al cambio, al respeto, al reconocimiento de méritos
y principalmente a reconocer que la educación superior es un
“bien común” inalienable.
f. No involucrarse en conductas que impliquen discriminación
por causa de: origen, etnia, género, color, edad, estado civil,
ideología política, condición socio cultural
y económica o incapacidad física o mental.
g. Tener como principio axiológico aglutinador de todos los
demás, la unidad de hombres y mujeres en la diferencia y complementariedad
solidarias para el mejoramiento continuo de la UNIANDES y construir
el hombre y la mujer nuevos, para una sociedad más justa, tolerante,
libre y solidaria.
Su cumplimiento se formaliza a través del Art. 5 y el régimen
de ejecución del presente Código.
Capítulo VI: De los valores éticos generales
En correspondencia con el Modelo Educativo de la UNIANDES y su Marco
Filosófico, cuyos componentes teleológico, axiológico
y ético, constituyen el referente más cercano de este
Código, se han considerado los siguientes valores éticos
generales:
Art. 8: Honradez y transparencia en lo afectivo, en lo material, en
lo intelectual, en lo político, en lo social.
Art. 9: Solidaridad, especialmente para auto-perfeccionamiento ético y para hacer frente a las amenazas de ilícitos y de corrupción.
Art. 10: Libertad, sin que eso menoscabe la posibilidad de organización, cooperación y coordinación entre estudiantes, profesores, autoridades y trabajadores de la institución.
Art. 11: Igualdad
de oportunidades y trato justo con ecuanimidad a todos y contribuir
con acciones concretas para que la universidad sea un lugar de trabajo
más estimulante, inspirador y gratificante para todos.
Art. 12: Respeto a la diversidad de criterios, creencias puntos de
vista, estrategias y modelos de organización que poseen nuestras
instituciones sociales.
Art. 13: Frenar la corrupción destacando la lucha en contra de procedimientos incorrectos como el palanqueo, la copia, el plagio, la recomendación o tráfico de influencias, la mediocridad, el conflicto de intereses personales, el maltrato físico, emocional, moral y sexual, el cobro sin trabajar entre otras infracciones éticas.
Su cumplimiento se formalizará a través de los procedimientos relacionados en el Art. 5 y lo que establece el Régimen de Ejecución del presente Código.
Capítulo
VII: De los Principios Éticos específicos de las
Autoridades de la UNIANDES
Art. 14: Preservar la independencia de criterio y el principio de
equidad, el funcionario como autoridad no debe mantener relaciones
ni aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales,
laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto
con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo.
Art. 15: No aceptar presiones políticas, económicas, familiares o de cualquier otro tipo en el ejercicio de las funciones administrativas, incluyendo, la admisión directa o indirecta de beneficios o para terceros; lo mismo que solicitar o aceptar dinero, dádivas, beneficios personales o de otra índole. Las autoridades de la UNIANDES se convertirán en un ejemplo de valores reconocidos por la comunidad universitaria.
Art. 16: Gestionar
para que:
· Se garanticen los procedimientos y mecanismos participativos
para la rendición de cuentas de las tareas directivas, docentes,
de investigación, administrativas, financieras, de planificación
y de otras áreas.
· Se intervenga en la resolución de conflictos de estudiantes,
administrativos, docentes y entre estos estamentos entre sí,
mediante el fortalecimiento de valores tales como la justicia y la
equidad.
· Se mantenga un ambiente de respeto mutuo, de no intervención
en asuntos personales que dañen la moral y el comportamiento
organizacional, basado en una cultura de los valores y la transparencia
social.
· La cultura del diálogo en la solución de conflictos
se convierta en un modo de actuación ético, con un alto
sentido de identidad y aceptación de la característica
multiétnica y pluricultural de la nacionalidad ecuatoriana.
· La opinión social de la comunidad universitaria sea
altamente favorable y manifieste el respeto a la gerencia que realizan
las autoridades.
Capítulo
VIII: De los principios específicos de los docentes de la UNIANDES
Art. 17: Los docentes de la UNIANDES se comprometen a contribuir con
una labor académica responsable y con el ejemplo cotidiano,
a conciliar con una actitud crítica, franca y honesta intachable,
las relaciones humanas, académicas; lo mismo que a concertar
los perfiles de profesionales, a partir de una inducción ética,
científica y humanística, solvente en sus equipos de
trabajo, manifestando un alto sentido de pertenencia.
Art. 18: Los
docentes de la UNIANDES garantizarán el mejoramiento continuo
del proceso docente que dirigen y en el que forman las nuevas generaciones
de profesionales (tercer Nivel) y especialistas (cuarto Nivel) mediante
una autopreparación permanente.
Art. 19: Los docentes de la UNIANDES incorporarán el enfoque
de perfiles y diseños curriculares por competencias profesionales,
fortaleciendo en ellas el componente de los valores éticos
mediante la educación y práctica de los valores declarados,
durante el proceso de aprendizaje.
Capítulo
IX: De los Principios Éticos específicos
de los estudiantes de la UNIANDES
Art. 20: Los estudiantes de la UNIANDES asumirán una posición
crítica, creativa, emprendedora, responsable, entusiasta, desinteresada,
asociativa y solidaria en el proceso de enseñanza-aprendizaje
y, a participar de igual modo en la expansión humanista-universalista
de la educación superior; deben hacerlo:
a. En forma responsable y organizada con charlas, seminarios, mesas
redondas, encuentros, congresos y otros mecanismos con la finalidad
de conocer y analizar a profundidad los derechos, deberes y responsabilidades
que les asisten como tales;
b. A través de sus organismos colegiados mediante la aplicación
disciplinada de los derechos y obligaciones estipulados en los instrumentos
legales de la institución superior;
c. Considerando que sus actitudes contribuyen a que la comunidad universitaria
en su conjunto asuma de manera corresponsable los derechos, deberes
y responsabilidades que les asisten en la universidad con respecto
a la colectividad;
d. Considerando que la educación está orientada fundamentalmente
al saber conocer, saber hacer y saber ser y vivir en comunidad (UNESCO),
de manera que se haga realidad el Modelo Educativo UNIANDES y su Marco
Filosófico, en el cual están expresados las cualidades
y valores que se pretende se formen en cada uno;
e. Colaborando en la creación de un ambiente educativo sano,
donde prevalezca la elevación de la calidad de proceso de enseñanza-aprendizaje;
el crecimiento personal, la justicia y la búsqueda permanente
de la verdad; y
f. Destacando en todas sus actividades tanto académicas, extracurriculares,
culturales y sociales: la honradez, tanto en lo afectivo, en lo material,
en lo intelectual y en el manejo adecuado de información gráfica,
escrita y otros aspectos que son parte de la propiedad intelectual.
Capítulo
X: De los Principios Éticos específicos
del personal administrativo de la UNIANDES
Art. 21: El personal administrativo y de servicio de la UNIANDES cumplirá
con el trabajo o labores encomendadas con eficiencia, honestidad,
esmero y respeto, en un ambiente de tolerancia y amistad.
Art. 22: Cuidar el principio de subsidiariedad, entendido como legítima autonomía de las personas según roles, funciones, responsabilidades y reglamentariedad vigente.
Art. 23: Evitar administrar, asesorar, patrocinar, representar ni prestar servicios, remunerados o no, a personas que gestionen o exploten concesiones o privilegios o que sean proveedores.
Art. 24: En beneficio y defensa de la institucionalidad y el bienestar ético común, todos los miembros de la comunidad universitaria que conforma el personal administrativo y de servicio, mantendrá el nivel de confidencialidad que el manejo de determinada información requiere.
Art. 25: No intervenir en comentarios interpersonales acerca de situaciones no inherentes a lo laboral, que dañen la integridad moral de otras personas.
Art. 26: Aprovechar en forma óptima su jornada laboral, sin distracciones ni pérdida de tiempo en el desempeño de sus funciones y tareas.
Art. 27: Formar parte del control y la filosofía de la autoevaluación y participar en la solución de problemas en su puesto de trabajo, así como denunciar a las instancias correspondientes creadas al efecto, cualquier acto doloso o anómalo
Capítulo
XI: De los Principios Éticos específicos de representantes
de la sociedad, relacionados con la UNIANDES
Art. 28: Los representantes de la sociedad civil colaborarán
con la UNIANDES conociendo su Modelo Educativo y su Marco Filosófico
y se comprometerá a ejecutar, conjuntamente, planes específicos
de intercambio y beneficio mutuo, basados en Proyectos de Investigación
y Desarrollo, así como en actividades de vinculación
con la colectividad.
Art. 29: Se les convoca a organizar unidades de apoyo, estudio y vinculación mutua sobre temas de anticorrupción, científicos, económicos, artísticos, culturales y otras áreas, que estén orientados a la formación ética y humanista de los niños y de los jóvenes, encaminándolos hacia lo correcto, pertinente y justo.
Segunda Sección
El Régimen de ejecución
Capítulo XII: De los instrumentos del Régimen de Ejecución
Art. 30: Para el cumplimiento y práctica de los principios
y valores éticos que establece el Código, se aplicará
el presente RÉGIMEN DE EJECUCIÓN.
Art. 31: Se
constituye en la UNIANDES, como órgano de control, un Tribunal
de Ética;
- El Centro de Investigación y Desarrollo (CID) identificará
las situaciones reiteradas que atenten contra la ética institucional
y las convertirá en problema de investigación y su solución
seguirá la vía de Proyectos;
- Se realizarán con frecuencias adecuadas ejercicios de rendición
de cuentas, a la luz de la tendencia de mejoramiento continuo, que
el proceso de autoevaluación permanente establece; y
- Se crearán las formas, rigurosidad y condiciones objetivas
que aseguren la práctica de principios y valores éticos.
Capítulo
XIII: De la Aplicación del Régimen de Ejecución
Art. 32: Se dispone la obligatoriedad de la aplicación de todos
y cada uno de los artículos constantes en el presente Código
de Ética, mediante la creación de las instancias e instrumentos
legales pertinentes, puesto que se trata de un acto de voluntad soberana
de la UNIANDES, debidamente respaldado por la sociedad civil, como
única y principal beneficiaria de la gestión académica
en el país.
Capítulo XIV: De la categorización de las infracciones
Art. 33: El Tribunal de Ética de la UNIANDES tipificará
las infracciones, a partir de la realización y resultados de
las investigaciones pertinentes y según el reglamento y la
naturaleza de los problemas que enfrenten.
Art. 34: La
categorización de las posibles infracciones es la siguiente:
ü Menos graves corregibles;
ü Graves corregibles con amonestación pública y
otras medidas;
ü Graves sancionables con expulsión; y
ü Penales.
Capítulo
XV: De la ejecución de las sanciones
Art. 35: Las sanciones se ejecutarán de acuerdo con lo que
establece el presente Código y la normativa elaborada por el
Tribunal de Ética de la UNIANDES, mediante el Reglamento correspondiente,
aprobados por el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES, adecuado
a la naturaleza de los problemas que se enfrenten.
Art. 36: Las sanciones se ejecutarán de acuerdo con los procedimientos especificados en dicho Reglamento aprobado por el Honorable Consejo Superior de la UNIANDES.
.
El impacto de los postgrados, se evidencia en la satisfacción de la demanda social, puesto que, diplomados, especialistas y maestrantes de las áreas del Derecho, Administración de Empresas, Educación, Ciencias de la Salud, Sistemas Informáticos y Comunicación Social, se constituyen en productores del conocimiento, cultural y valores éticos, actuando como referentes en sus espacios de socialización, y liderando múltiples proyectos de cohesión social y de participación ciudadana.
El balance de los postgrados en los últimos cinco años en UNIANDES es extraordinario en términos de sus repercusiones e el marco más amplio de su función esencial: el desarrollo del talento humano, como inversión estratégica más impostante de ésta Universidad, cuya tendencia es hacia la excelencia en la formación para la invovación, la evolución y la adapatación a un mundo en la rápida mutación y dominio del cambio.
